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Preguntas Frecuentes

 

1) ¿Puede mi Isapre aumentar mi plan de salud?

No, las Isapres no están facultadas para aumentar unilateralmente los planes de salud, pues ello implica una transgresión al contrato que usted suscribió con la institución.

Las Isapres sólo pueden modificar el plan de salud en casos muy excepcionales. Con todo, dicha modificación debe efectuarse siempre bajo parámetros objetivos y con la debida justificación de las razones que la sustentan.

2) Recibí una carta de mi Isapre informándome que aumentará el valor de mi plan de salud ¿Qué puedo hacer?

Con nuestra asesoría usted puede presentar un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones de Santiago, a fin de que ésta obligue a su Isapre a conservar el valor actual de su plan de salud.

Por el contrario, si usted no reclama de esta alza, la ley da por entendido que la acepta.

3) En la carta, la Isapre me ofrece evitar el alza cambiándome de plan ¿Lo hago?

No lo haga. Esta alternativa equivale a aceptar el alza de su plan, pues si bien le ofrecen cambiarse a uno con un costo similar, éste tendrá una menor cobertura que su plan actual.

Si interpone un recurso de protección, en cambio, la Isapre se verá obligada a mantener el mismo plan que usted tenía -con las mismas prestaciones- y al mismo valor.

4) ¿Qué documentos necesito para presentar un recurso de protección?

Únicamente requiere contar con la carta de adecuación enviada por su Isapre.


5) ¿Existe algún plazo para presentar el recurso de protección?

El plazo es de 90 días contados desde la fecha de emisión de la respectiva carta de adecuación. Si usted en cambio recibió de parte de su Isapre un Formulario Único de Notificación -FUN-, el plazo es de 30 días contados desde la fecha de emisión dicho formulario.

6) ¿Cuánto tengo que pagar por presentar el recurso?

Absolutamente nada. Nuestros servicios son completamente gratuitos para los afiliados, pues se financian con las costas que el tribunal obliga pagar a la Isapre una vez que ha sido vencida en el juicio.

7) ¿Cuánto demora la tramitación del recurso?

En general, la dictación de la sentencia demora alrededor de 3 meses. Sin embargo, junto con presentar el recurso, se solicita al tribunal -mediante una orden de no innovar- que detenga el alza mientras se lleva a cabo la tramitación.

8) ¿Qué tan probable es obtener una sentencia favorable?

Hemos tramitado más de 2500 recursos de protección, y todos aquellos presentados en tiempo y forma han sido acogidos favorablemente por nuestros tribunales, obligando a las Isapres a mantener el precio de los planes de salud de sus afiliados.

9) Si presento el recurso ¿Puede mi Isapre sancionarme?

En ningún caso. Su Isapre no puede sancionarlo en modo alguno por la interposición de un recurso de protección. De igual forma, tampoco pueden desafiliarlo, toda vez que las causales de desafiliación son taxativas y están expresamente señaladas en la ley.

 

 

 

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